Pensión para Personas con Discapacidad: Guía Completa 2026
Guía del programa de Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente: quiénes son elegibles, requisitos, montos y cómo solicitarla.

8 de marzo de 2026

La Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente es un programa federal que otorga un apoyo económico bimestral a personas que viven con algún tipo de discapacidad permanente, con el fin de contribuir a su inclusión social y bienestar.
¿Qué es la Pensión para Personas con Discapacidad?
Es un programa operado por la Secretaría de Bienestar que proporciona transferencias económicas directas a personas con discapacidad permanente que viven en condiciones de pobreza o marginación. El programa tiene rango constitucional y está consagrado en el Artículo 4° de la Constitución.
La pensión busca garantizar un ingreso mínimo para personas cuya discapacidad les impide o dificulta generar ingresos suficientes por sí mismas, reconociendo las barreras estructurales que enfrentan para acceder al empleo, la educación y los servicios públicos.
¿Quién puede aplicar?
- Niñas, niños y adolescentes de 0 a 17 años con discapacidad permanente (cobertura universal)
- Jóvenes de 18 a 29 años con discapacidad permanente que viven en municipios indígenas o de alta marginación
- Adultos de 30 a 64 años con discapacidad permanente en municipios prioritarios
- Personas indígenas y afromexicanas con discapacidad permanente de cualquier edad (hasta 64 años)
Consulta nuestra guía sobre pensión del bienestar para adultos mayores: guía completa 2026.
Consulta nuestra guía sobre mujeres con bienestar: guía completa del programa 2026.
Requisitos
- CURP del beneficiario
- Credencial del INE del beneficiario o del tutor (en caso de menores de edad)
- Certificado médico que acredite la discapacidad permanente, emitido por una institución de salud pública
- Comprobante de domicilio
- Acta de nacimiento
- En caso de menores de edad: identificación oficial del padre, madre o tutor legal
Cómo registrarse
- Paso 1: Acudir al módulo de atención del programa más cercano con los documentos requeridos
- Paso 2: Presentar el certificado médico de discapacidad permanente
- Paso 3: Un servidor de la nación realizará la verificación documental y la incorporación al padrón
- Paso 4: Se asignará una tarjeta del Banco del Bienestar para el cobro del apoyo
Consulta nuestra guía sobre modalidades de pensión en méxico 2026: guía completa de opciones de retiro.
Consulta nuestra guía sobre pensión imss modalidad 40 en 2026: qué es, requisitos, costos y cómo inscribirse.
Explora todas nuestras guías de pensiones y apoyos económicos.
En zonas rurales y comunidades indígenas, los servidores de la nación realizan visitas domiciliarias para facilitar el registro de personas con movilidad reducida.
Montos y calendario de pagos
El apoyo se entrega de forma bimestral a través de la tarjeta del Banco del Bienestar. El monto se actualiza anualmente conforme a las reglas de operación.
El calendario de pagos sigue la estructura bimestral de los programas de la Secretaría de Bienestar, con depósitos durante los primeros días de cada periodo.
Fuentes oficiales
- Secretaría de Bienestar: https://www.gob.mx/bienestar
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 4°
- Diario Oficial de la Federación: Reglas de Operación
Preguntas frecuentes
¿Qué tipos de discapacidad cubre el programa?
El programa cubre discapacidades permanentes de tipo motriz, sensorial (visual, auditiva), intelectual, psicosocial o múltiple. La discapacidad debe ser permanente y debe acreditarse con un certificado médico.
¿Hay límite de edad para recibir el apoyo?
Para personas indígenas y afromexicanas con discapacidad no hay límite de edad. Para el resto de la población, el programa prioriza a niñas, niños, adolescentes y jóvenes de 0 a 29 años, y a adultos de 30 a 64 años en municipios de alta marginación.
¿Es compatible con la Pensión del Bienestar para Adultos Mayores?
No. Si la persona ya recibe la Pensión del Bienestar para Adultos Mayores, no puede recibir simultáneamente la Pensión para Personas con Discapacidad.
Guías relacionadas
8 de marzo de 2026


